¿El Dispositivo de ANF AC cumple las mismas funciones que el DNI electrónico?
| Tabla comparativa |
| Conceptos | DNI Electrónico | ANF AC |
| Validez legal |
SI |
SI |
| Personas Físicas |
SI |
SI |
| Personas Jurídicas |
NO |
SI |
| Incluye firma alta disponibilidad |
NO |
SI |
| Incluye verificación de firma |
NO |
SI |
| Validez de la eFirma |
2 1/2 años max. |
Más de 15 años |
| Atributos profesionales |
NO |
SI |
| Portabilidad |
NO |
SI |
| Requiere instalación |
SI |
No |
| Requiere de instrumentos asociados |
SI |
NO |
| Dispone de soporte técnico a usuarios |
NO |
SI |
| Existe soporte telefónico |
NO |
SI |
| Permite la colaboración de Profesionales |
NO |
SI |
| Permite el apoderamiento de clientes |
NO |
SI |
| Existen aplicaciones TIC asociadas |
NO |
SI |
El primer punto a considerar es el doble uso que puede realizarse con un certificado, es decir, debe diferenciarse entre emplear el certificado para identificarse en un sitio web y el uso como firma electrónica. En el primer caso podría decirse que ambos ofrecen el mismo nivel de servicio pero con excepciones, es decir, el propio dispositivo Plug&Sign ofrece la capacidad de emplear el certificado en diferentes ordenadores sin necesidad de lectores especiales. En el caso de la firma electrónica es imprescindible contar con firma electrónica de larga duración, cuestión que no es asumida por el DNI electrónico, esto es, con los elementos de verificación de vigencia y sello de tiempo integrados. Imaginémonos un documento firmado, cuya validez jurídica es, en el mejor de los casos, dos años y medio.
Por otro lado debe tenerse presente que en algunos procesos se requiere certificado de persona jurídica, por lo que el eDNI no resulta válido en el ámbito de empresas.
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